
PRINCIPIO 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendra derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios medios adecuados.
1 comentario:
me parece que es muy extensa la explicación , mejor les recomiendo la siguiente pagina web :ramajudicial.gov.co/web/portal-ninos-y-ninas/mis derechos
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